La Audiencia pide que un forense informe sobre el ingreso de Griñán en prisión

La Audiencia de Sevilla ha dictado este viernes una providencia en la que se pronuncia sobre el escrito presentado por la defensa del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán a fin de que se suspenda la ejecución de la pena de prisión impuesta por el caso ERE, después de que el tribunal le haya dado un plazo de diez días naturales para que ingrese voluntariamente en un centro penitenciario.

El abogado del expresidente, como indica el TSJA, ha pedido la suspensión de la ejecución de la pena conforme al artículo 80.4 del Código Penal, artículo que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.

En este sentido, y una vez vista la documentación médica aportada, el tribunal acuerda librar oficio al Instituto de Medicina Legal (IML) a fin de que, «por el forense designado al efecto, examinada la documentación y con reconocimiento del paciente si fuera necesario, se emita informe valorando si el ingreso en centro penitenciario pudiera tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito».

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